Anotar en el expediente créditos superados en otros estudios, no computables para obtener el título.
Son créditos no susceptibles de reconocimiento, obtenidos en otros estudios oficiales superiores.
Estudiantes.
Presidente o Presidenta de la Comisión Técnica de Reconocimientos del Centro (Decano/Director, o en quien delegue).
Unidad de tramitación: administración del campus o del centro respectivo.
Se notifica por correo postal a la dirección indicada en el expediente
Recurso de alzada ante el Rector.
Se resuelve de oficio, no hay solicitud.
Son créditos no susceptibles de reconocimiento, obtenidos en otros estudios oficiales superiores.